Agencias privadas de cobro del IRS: cómo saber si un cobrador es real
Esta guía está traducida del inglés. Las cifras y las fechas coinciden con el original en inglés. Leer en inglés
Respuesta breve
Con el programa de agencias privadas de cobro del IRS (Servicio de Impuestos Internos), tres agencias contratadas, CBE Group, Coast Professional y ConServe, cobran algunas cuentas de impuestos federales vencidas. Una asignación real siempre empieza con el aviso CP40 del IRS y una carta de la agencia que coincide con él, y ambas llevan el mismo número de autenticación del contribuyente de 10 dígitos. La agencia no puede recibir pagos; todos los pagos van al IRS o al Tesoro de los Estados Unidos (U.S. Treasury).
- 01Agencias contratadas
- CBE Group, Coast Professional, ConServe
- 02Primer aviso del IRS
- CP40
- 03Verificación de identidad
- Número de autenticación del contribuyente de 10 dígitos en ambas cartas
- 04A dónde van los pagos
- Solo al IRS o al United States Treasury (Tesoro de los Estados Unidos)
- 05Plan de pagos más largo con la agencia
- Hasta 7 años
¿El IRS usa cobradores de deudas privados?
Sí. La Ley FAST (Fixing America's Surface Transportation Act), firmada el 4 de diciembre de 2015, obliga al IRS a usar agencias privadas de cobro para ciertas cuentas de impuestos federales vencidas. A septiembre de 2026, el IRS indica tres agencias contratadas: CBE Group, Coast Professional y ConServe.
Una agencia de cobranza del IRS trabaja en nombre del IRS. Llama y escribe para ayudarle a elegir una forma de pago. No es el IRS y tiene muchas menos facultades que un empleado del IRS.
| La agencia privada de cobro puede | La agencia privada de cobro no puede |
|---|---|
| Llamarle y escribirle sobre el saldo | Aceptar pagos a su propio nombre |
| Explicarle las opciones de pago | Presentar un aviso de gravamen federal por impuestos |
| Establecer un plan de pagos de hasta 7 años | Embargar su salario, sus cuentas bancarias o sus bienes |
| Investigar un pago que usted dice que no se acreditó | Amenazarle con arresto, deportación o pérdida de licencia |
| Verificar su identidad con su número de autenticación | Exigir el pago con tarjetas de regalo, tarjetas prepagadas o transferencias |
La Publicación 4518 indica que las agencias deben cumplir la Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (Fair Debt Collection Practices Act), con algunas excepciones del código tributario, y que sus reglas les prohíben amenazarle o intimidarle. El IRS conserva su propia facultad de usar gravámenes y embargos, que se explican en qué es un embargo del IRS y cómo funciona un gravamen del IRS.
¿Qué es el aviso CP40?
El aviso CP40 es la carta del IRS que le informa que su saldo no pagado se asignó a una agencia privada de cobro. Indica el nombre de la agencia, sus datos de contacto e incluye un número de autenticación del contribuyente único de 10 dígitos. Guárdelo, porque la agencia usará ese número para confirmar su identidad.
Después de que llega el CP40, la agencia le envía su propia primera carta. Esa carta repite el mismo número de autenticación del contribuyente. Cuando la agencia llama, su empleado usa el número en una verificación mutua para que ambas partes sepan que la otra es auténtica.

¿Cómo saber si una agencia de cobranza del IRS es real?
Una agencia de cobranza del IRS es real solo si usted recibió primero el CP40 del IRS, quien llama trabaja para una de las tres agencias contratadas y el número de autenticación del contribuyente que menciona coincide con el de sus cartas. Si falta cualquiera de esas tres cosas, trate el contacto como una posible estafa.
- Busque su CP40. Si nunca recibió uno, inicie sesión en su cuenta en línea del IRS (IRS Online Account) para ver qué avisos le ha enviado el IRS y si debe algo.
- Compare el nombre de la agencia del CP40 con la página de cobro privado de deudas (private debt collection) del IRS en IRS.gov.
- Compruebe que la carta de la agencia muestre el mismo número de autenticación de 10 dígitos que el CP40.
- Si quien llama le presiona, cuelgue y llame usted a la agencia al número impreso en el CP40, no a un número que le dé esa persona.
- Nunca pague con tarjetas de regalo, criptomonedas, tarjetas de débito prepagadas ni transferencias a una persona.
Los estafadores copian los nombres de agencias reales. Nuestra página sobre estafas telefónicas del IRS enumera los guiones que usan los estafadores y dónde denunciarlos.
¿ConServe es legítimo para deudas con el IRS?
Sí, ConServe es una de las tres agencias que el IRS menciona en su página de cobro privado de deudas, junto con CBE Group y Coast Professional. Aun así, una llamada que usa el nombre de ConServe solo es legítima si coincide con un CP40 que usted recibió y el número de autenticación concuerda.
¿Se le puede pagar directamente a la agencia de cobro?
No. Las agencias privadas de cobro no pueden pedirle que les pague a ellas, y todos los pagos van al IRS. La agencia puede explicarle cómo pagar, pero el dinero debe pasar por los canales del IRS.
- IRS Direct Pay, gratis desde una cuenta de cheques o de ahorros, en IRS.gov/payments. Consulte nuestra guía de IRS Direct Pay.
- EFTPS, el Sistema de Pago Electrónico de Impuestos Federales (Electronic Federal Tax Payment System), gratis en línea o por teléfono.
- Tarjeta de débito o crédito a través de un procesador de pagos aprobado por el IRS, que cobra un cargo.
- Cheque o giro postal a nombre de United States Treasury, con su nombre, su número de Seguro Social (SSN) y el año tributario escritos en él, enviado por correo a la dirección del IRS que le indique la agencia.
¿Qué cuentas no se envían a cobro privado?
El código tributario excluye a varios grupos del programa de agencias privadas de cobro del IRS. Según la sección 6306(d) del IRC, no se asignan cuentas si el contribuyente ha fallecido, es menor de 18 años, está sirviendo en una zona de combate designada, es víctima de robo de identidad relacionado con impuestos o si sus ingresos provienen en gran parte del Seguro por Incapacidad del Seguro Social (SSDI) o de la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI). También quedan excluidos los contribuyentes cuyo ingreso bruto ajustado es igual o inferior al 200% del nivel de pobreza.
También se excluyen las cuentas que están en auditoría, en litigio, bajo investigación penal o con un embargo, que tienen un Ofrecimiento de Transacción (Offer in Compromise) o un plan de pagos pendiente o activo, que se clasifican como casos de cónyuge inocente o que tienen una apelación pendiente. Si una de estas situaciones se aplica y aun así recibió el CP40, infórmelo a la agencia y al IRS.
Cómo dejar de tratar con una agencia privada de cobro o denunciar un problema
Si no quiere tratar con la agencia asignada, debe comunicárselo por escrito a la agencia, según la Publicación 4518. Su deuda no se perdona; simplemente vuelve al inventario del IRS, donde el IRS todavía puede usar gravámenes y embargos.
Para denunciar una conducta indebida o a alguien que sospecha que se hace pasar por la agencia, comuníquese con el Inspector General del Tesoro para la Administración Tributaria (TIGTA) a través de su página de denuncias en tigta.gov. El Servicio del Defensor del Contribuyente (Taxpayer Advocate Service) puede ayudarle cuando la cuenta está estancada o le causa dificultades económicas.
Antes de aceptar un plan con una agencia, compruebe cuánto tiempo puede el IRS cobrar legalmente. La guía sobre la fecha CSED del IRS muestra cómo calcularla, y la guía del proceso de cobro del IRS explica todas las demás etapas del cobro.
Preguntas frecuentes
¿Por qué enviaron mi deuda con el IRS a una agencia de cobro?
La Ley FAST obliga al IRS a asignar ciertas cuentas vencidas a agencias privadas. La asignación no significa nuevas multas ni una deuda nueva.
¿Una agencia privada de cobro puede embargar mi salario por una deuda con el IRS?
No. La Publicación 4518 indica que las agencias privadas de cobro no pueden tomar medidas de cobro forzoso, como presentar un gravamen o emitir un embargo. Solo el IRS puede hacerlo.
¿Dejan de correr los intereses mientras una agencia privada tiene mi cuenta?
No. Los intereses y cualquier multa por no pagar se siguen acumulando sobre el saldo no pagado hasta que se pague, igual que si el IRS llevara la cuenta.
¿Qué hago si ya pagué el saldo que me reclama la agencia?
Infórmelo a la agencia y dele los datos del pago que le pida. La Publicación 4518 indica que esa información se usa para averiguar a dónde fue el pago y acreditarlo correctamente.
¿CBE Group o Coast Professional son una estafa?
No. Ambas aparecen en la página de cobro privado de deudas del IRS como agencias contratadas. Una llamada concreta solo es auténtica si coincide con un CP40 que usted recibió y usa el mismo número de autenticación.
¿Puedo establecer un plan de pagos con la agencia de cobro?
Sí. Las agencias pueden ofrecer un plan de pagos que salde el total en un plazo de hasta 7 años, y los pagos se siguen haciendo al IRS.
Fuentes
- Private debt collection irs.gov
- Understanding your CP40 notice irs.gov
- Publication 4518, What You Can Expect When the IRS Assigns Your Account to a Private Collection Agency irs.gov
- 26 U.S. Code 6306, Qualified tax collection contracts uscode.house.gov
- Recognize tax scams and fraud irs.gov
Verificamos las cifras con estas páginas oficiales. Las reglas cambian; confirme con la agencia todo lo que afecte una fecha límite o un pago antes de actuar.
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